Monday, July 22, 2019

Neoliberalismo, políticas educativas. Educación en venta?

Considerando a la educación dentro del marco del neoliberalismo, es imposible  que no se consideren también aquellos factores que pesan en cuanto a la toma de decisiones respecto a políticas educativas.
Si el Estado es quien debe proveer y asegurarse de que se provea educación, es claro que tomará posturas según la mentalidad y tipo de justicia dominante. Si se determina según la eficiencia como fin último, o lo justo según fin último, de ello dependerá el tipo de política aplicada y el resultado final.
En la actualidad, tal como lo describe Teitelbaum (2004), “el pla-
neta está envuelto en una densa trama de convenios y tratados eco-
nómicos y financieros internacionales, regionales y bilaterales que
han subordinado los instrumentos básicos del derecho internacional y regional de los derechos humanos, las constitu-
ciones nacionales, la legislación económica orientada al desarro-
llo nacional y las leyes laborales y sociales tendentes a mitigar las
desigualdades y la exclusión. La aplicación de las cláusulas como
‘trato nacional’ y 'nación más favorecida'
permite a las políticas neoliberales circular penetrar en los Estados, donde desintegran las economías
nacionales y generan graves daños sociales” (Teitelbaum, 2004:1 y 2).
La principal consecuencia de todo lo anterior es que, de acuerdo con
el fundamentalismo neoliberal, se avanza en separar la actividad
económica y la operación del mercado de toda exigencia e inciden-
cia desde el ámbito de la democracia. De este modo, una vez que se
han transformado en normas internacionales de obligatorio cum-
plimiento, la capacidad de los procesos políticos democráticos para
modificarlas queda drásticamente reducida (Lander citado en
Teitelbaum, 2004).
Asi, en esta etapa, no sólo se regula el comercio de bienes, sino también el
comercio de servicios, incluyendo entre estos últimos a la educa-
ción, así como la propiedad intelectual y las normas relativas a la
inversión extranjera, por lo que se puede decir que más que trata-
dos de libre comercio son tratados de libre mercado.
La promoción del libre comercio se justifica con el argumento
del supuesto beneficio para todos los países. Unos y otros se beneficiarían por la especialización,  y se reforzaría el crecimiento económico. Sin embargo, basta una simple mirada a las experiencias de liberalización
comercial que se han producido en las últimas dos décadas para con-
cluir que, más que de acuerdos, se trata de imposiciones de los países más desarrollados para
que los países en desarrollo abran sus mercados a cambio de con-
cesiones marginales en los suyos.
Otro aspecto a considerar es la sobreprotección y restricciones sobre las propiedades intelectuales, materiales y recursos para el conocimiento, lo cual además tiene un impacto directo sobre la educación y políticas educativas. Tal como Boyle sostiene, la línea de partida debería ser que “los
derechos de propiedad intelectual son la excepción y no la regla;
las ideas y los hechos siempre deben ser de dominio público, como
el aire. Sin embargo, esta concepción ha recibido muchas críticas.
De manera abierta y encubierta, los hechos y las ideas, que son
bienes comunes, se están cercando. Las patentes amplían su rango
de cobertura, y hoy abarcan ‘ideas’ que, hace veinte años, los espe-
cialistas hubiesen calificado de impatentables” (2003a).
Las formas comunes en las que los humanos experimentamos
y compartimos nuestras culturas son y necesitan ser libres. Sin
embargo, la expansión de la propiedad intelectual y de las patentes
en sus diversas formas limita esa libertad y genera cada vez más una
regulación mercantil de esas maneras de experimentar y compartir
los conocimientos. Esta expansión de la propiedad intelectual tiene
como correlato el “hábito del permiso”. Como sostiene Lessig, “la
regla es que hay que pedir permiso (…) Pasamos de una cultura
libre, donde a nadie se le hubiera ocurrido que necesitaba permiso
para usar [ciertas] cosas (…), a una cultura del permiso donde uno
presuntamente está violando la ley si no logra el permiso seguro”
(2005:15)
Este “hábito del permiso” sólo es posible si se hace primar el
derecho de propiedad por sobre el derecho al conocimiento y a
la cultura de todas las personas; sólo es posible cuando lo que
manda es el derecho del “dueño” como propietario. Todo cono-
cimiento es tratado como un bien privado, lo que supone un cam-
bio radical en cómo se piensa y se vive la cultura. Implica también
un cambio radical en términos de política y regulación cultural,
otorgando un poder creciente a las empresas y desarrollando un
veloz proceso de mercantilización del conocimiento y de los bienes
culturales.
Los procesos actuales de privatización y mercantilización impli-
can, al igual que tres siglos atrás, tanto el cercamiento del conoci-
miento y de los bienes culturales, como el cercamiento de la posi-
bilidad de participar en ellos y, en definitiva, el cercamiento de lo
público.


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